El Boletín Oficial del Estado del pasado sábado, 17 de diciembre, publicó el Real Decreto que modifica la regulación del tiempo de presencia en los transportes por carretera.
Con esta nueva norma se pretende, como refleja el propio texto legal, "mejorar la protección de la seguridad y la salud de las personas que realicen actividades móviles de transporte por carretera y la seguridad vial y aproximar en mayor grado las condiciones de competencia, todo ello mediante la aplicación de unas condiciones mínimas relativas a la ordenación del tiempo de trabajo en el sector del transporte por carretera así como mejorar las prácticas de control y de aplicación en los Estados miembros, así como las prácticas laborales en el transporte por carretera."
El Gobierno estima que, dadas dificultades para aplicar las reglas de cómputo del llamado tiempo de presencia que figuran en el Reglamento 561, se hace necesario incrementar las posibilidades que la norma ofrece de adaptar a las necesidades de cada sector los tiempos de trabajo de los conductores profesionales mediante la negociación colectiva de ámbito estatal.
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