martes, 2 de abril de 2013

España y Portugal introducen cambios en el ADR con respecto a las placas de los contenedores

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 2 de abril, publica la firma de un Acuerdo Multilateral suscrito por España y Portugal que complementa el ADR y que exime de llevar placas a los contenedores que son usados exclusivamente en una operación de transporte por carretera, excepto en aquellos que transporten mercancías peligrosas de las clases 1 o 7.

En estos casos, el documento de transporte que acompañe al envío deberá mencionar expresamente que dicha operación de transporte se realiza por carretera exclusivamente de acuerdo con lo fijado en el Acuerdo Multilateral M-254.

El acuerdo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017.

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