El Boletín Oficial del Estado de hoy, 25 de julio, publica oficialmente la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, cuya entrada en vigor definitiva será en dos meses.
El texto, que busca coordinar el ordenamiento jurídico interno con el Derecho marítimo internacional y adecuarlo a la práctica actual del transporte marítimo, cuenta con diez títulos que regulan la ordenación administrativa de la navegación, las embarcaciones, los sujetos de la navegación, los contratos de utilización buques, los accidentes de la navegación, la limitación de la responsabilidad, el contrato de seguro marítimo, las especialidades procesales para el transporte marítimo y la certificación pública de determinados expedientes de Derecho marítimo.
Así mismo, la norma habilita al Gobierno para que en el plazo de tres años elabore un Código de la Navegación Marítima, que refunda en un único texto las leyes reguladoras de las instituciones marítimas, regularizando, aclarando y armonizando esta Ley de Navegación Marítima con el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y con los convenios o tratados internacionales sobre materias de Derecho del mar que pudieran entrar en vigor en España en este período.
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