El Boletín Oficial del Estado del pasado 31 de diciembre publicó oficialmente la Orden Ministerial que introduce cambios en la regulación del procedimiento de entrada y presentación de mercancías introducidas en el territorio aduanero comunitario y la declaración sumaria de depósito temporal, así como en las instrucciones para la presentación del manifiesto de carga para el tráfico marítimo.
El texto legal quiere, por un lado, armonizar el procedimiento de comunicación entre autoridades competentes
para todas las formalidades aduaneras existentes en el caso de tráfico
marítimo. Así pues, se establece que, en el tráfico marítimo de los puertos de interés general, la declaración
se presentará a través de la autoridad portuaria correspondiente que, a
su vez, la mandará de inmediato a Puertos
del Estado para su envío posterior a la aduana. En el caso de los puertos autonómicos, la declaración se presentará directamente a
través de Puertos del Estado, para que desde allí pase a la aduana.
Adicionalmente, en relación con el manifiesto de carga para el tráfico marítimo, la Orden Ministerial introduce cambios en el modelo de presentación y determina el método de presentación del manifiesto mediante el intercambio de electrónico de datos. Además, también establece la obligación para los titulares de las terminales marítimas de mercancías de comunicar de
forma inmediata a la aduana los datos de identificación de los
contenedores que entren y salgan por vía terrestre o máritima, la fecha y la hora de su
entrada y, en su caso, la identificación del medio de transporte que lo
conduce y del transportista.
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