miércoles, 23 de diciembre de 2015

Aprobado el uso de conjuntos de 60 toneladas de MMA y longitud máxima de 25,25 metros

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 23 de diciembre, publica oficialmente la modificación del anexo IX del Reglamento General de Vehículos, por medio de una Orden del Ministerio de la Presidencia, con el fin de incluir la definición de la configuración euro-modular, con la que se permite, con autorización expedida por el órgano competente en materia de tráfico, la circulación de conjuntos de vehículos de configuración con una masa máxima de 60 toneladas y una longitud máxima de 25,25 metros.

La norma pone de manifiesto que en "numerosos estudios, algunos de los cuales han sido recogidos en documentos de la Comisión Europea, han puesto de manifiesto los potenciales beneficios de la circulación de los conjuntos de vehículos en configuración euro-modular, en cuanto a la reducción del tráfico de los vehículos pesados, el ahorro energético, la disminución de emisiones y los menores costes en la actividad del transporte, de gran importancia en el desarrollo de las cadenas logísticas", y destaca que "en otros países europeos la aplicación de esta medida ha demostrado que no tiene una implicación negativa en los accidentes de tráfico sino que, por el contrario, al disminuir el número de vehículos en circulación necesarios para transportar un determinado volumen de cargas, se produce una reducción correlativa de la exposición al riesgo y, por tanto, se mejora el nivel de seguridad vial."

Así mismo, la norma también determina que la carga no podrá sobresalir en estas configuraciones de la proyección en planta del vehículo, que, siempre que sea posible, los itinerarios de estos transportes deberán transcurrir por autopistas y autovías y que no se podrá conceder la autorización para usar estos conjuntos en el transporte de mercancías peligrosas. Los preceptos de la Orden entra en vigor mañana, 24 de diciembre.

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