Según informó ayer, 26 de enero, el
Consejo General del Poder Judicial en nota de prensa, la
Sala III del Tribunal Supremo ha
estimado los
ocho
primeros recursos contencioso-administrativos de reclamación de
responsabilidad patrimonial del Estado por el
céntimo sanitario, fundamentándose en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de Transportes Jordi Besora, de 27 de febrero de 2014, que desautorizó el impuesto por ser contrario a la Directiva 92/12/CEE, que regula el régimen de los impuestos especiales.
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