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miércoles, 14 de octubre de 2015
La Audiencia Nacional declara nulo el convenio colectivo de Stock Uno Grupo de Servicios
El Boletín Oficial del Estado de hoy, 14 de octubre, publica oficialmente Resolución de la Dirección General de Empleo que, a su vez, da cuenta de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que declara nulo el convenio colectivo de Stock Uno Grupo de Servicios, S.L. aparecido en el BOE del 1 de enero de 2013 y modificado posteriormente según refiere el BOE del 24 de febrero de 2014, así como de las revisiones salariales automáticas que contenía, ya que, a juicio del órgano judicial, "los firmantes del convenio colectivo en representación de los trabajadores no estaban legitimados para firmar el convenio". Ante esta sentencia cabe recurso de casación, con un plazo de cinco días hábiles.
martes, 19 de mayo de 2015
El límite de tres vehículos para tener autorización de transporte, ante la Audiencia Nacional
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia comunicó ayer, 18 de mayo, en nota de prensa, que la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la CNMC contra una
resolución del Servicio Territorial de Transportes de Valencia que
denegó, en febrero, una autorización de transporte de mercancías por carretera, debido a que no cumplía con la exigencia, fijada en la Orden Ministerial de 2007 que desarrolla el ROTT en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera, de un número mínimo de tres vehículos para obtener una autorización de transporte.
jueves, 25 de abril de 2013
La Audiencia Nacional introduce una precisión en el ámbito funcional de aplicación del Acuerdo general de transporte de mercancías
El Boletín Oficial del Estado de hoy, 25 de abril, publica oficialmente una Resolución que introduce un acuerdo aclaratorio para el artículo 3 del II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera, que se refiere específicamente al ámbito funcional de aplicación de dicho acuerdo, o lo que es lo mismo, al tipo de empresas al que afecta.
En este caso, a raíz de un Decreto emitido por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional a partir de una demanda de Impugnación de Convenio Colectivo presentada el pasado mes de febrero por la Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM) contra la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), la Confederación Española de Operadores del Transporte (CEOT), Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores y contra el Ministerio Fiscal, quedan incluídas dentro del ámbito funcional del Acuerdo general la actividad de mensajería que exija autorizaciones administrativas habilitantes, la de transporte de mercancías por carretera o la de operador de transporte.
En este caso, a raíz de un Decreto emitido por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional a partir de una demanda de Impugnación de Convenio Colectivo presentada el pasado mes de febrero por la Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM) contra la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), la Confederación Española de Operadores del Transporte (CEOT), Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores y contra el Ministerio Fiscal, quedan incluídas dentro del ámbito funcional del Acuerdo general la actividad de mensajería que exija autorizaciones administrativas habilitantes, la de transporte de mercancías por carretera o la de operador de transporte.
miércoles, 7 de marzo de 2012
Una sentencia de la Audiencia Nacional anula parte del convenio colectivo de Correos
El Boletín Oficial del Estado de hoy, 7 de marzo, publica una sentencia de la Audiencia Nacional, dictada el pasado 21 de febrero, que estima parcialmente la denuncia presentada por CGT (Confederación General de Trabajo) relativa al III Convenio colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA., y que, por lo tanto, declara la nulidad de varios artículos relativos a la competencia para negociar los criterios a aplicar en las evaluaciones de desempeño, así como para negociar otros promedios, jornadas y horarios de trabajo distintos a los generales previstos en el convenio.
Esta sentencia se plantea si cabe excluir de las comisiones paritarias a un sindicato que participó en la negociación del convenio, como fue el caso de CGT, aunque finalmente no lo hubiera firmado, y concluye que no, por ser contrario al derecho a la negociación colectiva conforme a la doctrina constitucional.
Contra esta sentencia de la Audiencia Nacional cabe recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
Esta sentencia se plantea si cabe excluir de las comisiones paritarias a un sindicato que participó en la negociación del convenio, como fue el caso de CGT, aunque finalmente no lo hubiera firmado, y concluye que no, por ser contrario al derecho a la negociación colectiva conforme a la doctrina constitucional.
Contra esta sentencia de la Audiencia Nacional cabe recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
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