El Boletín Oficial del Estado de hoy, 29 de junio, recoge una Orden del Ministerio del Interior que modifica el anexo I del Reglamento General de Conductores, con el fin de adaptar el modelo del permiso de conducción a la adhesión de Bulgaria y Rumanía a la UE, así como actualizar su contenido para las nuevas categorías de vehículos introducidas por la regulación europea.
Así mismo, estos cambios normativos también incorporan un nuevo código, el 95, que servirá para indicar que el titular de un carnet de conducir es titular del CAP, la certificación de capacitación profesional que todos los conductores profesionales deben tener.
El BOE establece que todas estas alteraciones del Reglamento General de Conductores entrarán en vigor el 19 de enero de 2013.
Mostrando entradas con la etiqueta CAP. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta CAP. Mostrar todas las entradas
viernes, 29 de junio de 2012
viernes, 8 de octubre de 2010
Requisitos que han de cumplir los profesores del CAP, en el BOE
El Boletín Oficial del Estado de hoy, 8 de octubre, publica, mediante la correspondiente Orden ministerial, los requisitos que deben cumplir los profesores que han de impartir las enseñanazas de cualificación inicial y formación continua de los conductores profesionales.
Fomento ha optado por la especialización de profesores, definiendo qué tipo de especialista debe impartir cada una de las materias que integran el programa de la cualificación inicial y la formación continua de los conductores, aunque se abre la posibilidad, también, de que una única persona pueda dar todas las clases.
Igualmente, también se publican oficialmente las materias que componen los cursos para habilitar a los formadores.
La Orden ministerial entra en vigor mañana, 9 de octubre.
Fomento ha optado por la especialización de profesores, definiendo qué tipo de especialista debe impartir cada una de las materias que integran el programa de la cualificación inicial y la formación continua de los conductores, aunque se abre la posibilidad, también, de que una única persona pueda dar todas las clases.
Igualmente, también se publican oficialmente las materias que componen los cursos para habilitar a los formadores.
La Orden ministerial entra en vigor mañana, 9 de octubre.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)