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jueves, 22 de octubre de 2015

Publicada la Ley que regula la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 22 de octubre, publica oficialmente la Ley que regula la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero y que entrará en vigor el próximo 1 de diciembre, salvo algunos aspectos concretos relativos a las clasificaciones de los trabajadores del sector y los coeficientes correctores de las cotizaciones de ciertos colectivos, que lo harán el próximo 1 de enero.

Esta norma se detiene en regular detenidamente el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, distinguiendo entre trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia. El texto incluye como novedad la incompatibilidad de aplicar los coeficientes correctores de la cotización junto con cualquier otra reducción o bonificación en la cotización salvo que se disponga lo contrario. La norma también determina la protección social específica de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero que no tienen la consideración de prestaciones de Seguridad Social y establece que el Instituto Social de la Marina es la entidad encargada de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.

lunes, 15 de junio de 2015

El Consejo de Ministros analiza el informe sobre el Anteproyecto de Ley de protección social de los trabajadores del sector marítimo

El Consejo de Ministros del pasado viernes, 12 de junio, analizó un informe de la ministra de Empleo y Seguridad Social sobre el Anteproyecto de Ley que regulará la protección social de todos los trabajadores del sector marítimo-pesquero, que, según decidió el Gobierno, se remitió al Consejo Económico y Social para que emita dictamen en diez días.

El proyecto estructura el Régimen Especial de Trabajadores del Mar en dos grandes grupos, autónomos, entre los que se cuentan los autónomos de Marina Mercante o de embarcaciones deportivas y de recreo o de tráfico interior de puerto, los autónomos de pesca marítima en cualquiera de sus modalidades y los buceadores, y asalariados, en el que se encuadra el personal que presta sus servicios en plataformas fijas, los trabajadores dedicados a la acuicultura, buceadores, rederos, estibadores y prácticos.