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miércoles, 12 de julio de 2017

Fomento publica la distribución de las ayudas para el abandono de la actividad de transportistas autónomos

La Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento publica, por medio de Anuncio aparecido en el Boletín Oficial del Estado de ayer, 11 de julio, del listado de transportistas autónomos a los que se han otorgado ayudas para el abandono de la actividad, así como de las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y por incumplimiento de requisitos y abre plazo de un mes para presentar recurso. El importe total de estas ayudas asciende a 9,24 millones de euros, repartidos entre 308 transportistas autónomos.

lunes, 12 de junio de 2017

martes, 30 de junio de 2015

Fomento reparte 12,7 millones a 400 transportistas autónomos en ayudas para que abandonen la actividad

La Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento informa, por medio de Resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 30 de junio, del reparto de 12.720.000 euros en ayudas a 424 transportistas autónomos por carretera para que abandonen la actividad, a razón de 30.000 euros por transportista, en concepto de renuncia a sus autorizaciónes de transporte y por los semestres que le falten a cada solicitante para cumplir 65 años, computados a partir del 1 de junio de 2015.

martes, 3 de febrero de 2015

Fomento reparte 12,74 millones en ayudas a transportistas autónomos para que abandonen la actividad en 2015

El Ministerio de Fomento abre, según consta en Resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 3 de febrero, procedimiento para repartir 12.746.000 euros en ayudas a transportistas autónomos por carretera de sesenta y tres años o más años de edad que abandonen la actividad, 2,9 millones más que en 2014.

Los interesados cuentan con un mes de plazo, a contar desde mañana mismo, para presentar sus solicitudes según el modelo que figura debajo y que está accesible en este enlace del BOE.

Fomento también pone a diposición de los interesados el correo electrónico abandono.sgaitt@fomento.es para consultas o aclaraciones. Las autoridades repartirán estas ayudas, en primer lugar, a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista. A continuación, se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad y se otorgarán las ayudas a los que ocupen los primeros lugares en dicha lista.

viernes, 27 de junio de 2014

Fomento reparte 9,8 millones entre 328 transportistas autónomos que abandonan la actividad

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 27 de junio, publica mediante la correspondiente Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento, el reparto de los 9.840.000 euros, 10.000 euros menos de la cuantía máxima presupuestada, en ayudas a 328 transportistas autónomos por carretera para que abandonen la actividad, a razón de 30.000 euros por cada uno de los beneficiarios.

En 2013, Fomento repartió 11.347.500 euros entre 365 transportistas autónomos que abandonaron la actividad.

viernes, 31 de enero de 2014

Fomento recorta en más de un 13 por ciento las ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad en 2014

El Ministerio de Fomento convoca, a través de Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 31 de enero, procedimiento para repartir un máximo de 9.850.000 euros en ayudas a autónomos que abandonen la actividad de transporte por carretera, cantidad que es un 13,22 por ciento inferior a la que repartió la Administración en 2013.

Con esta publicación se abre un plazo de un mes para que aquellos autónomos del sector de tranporte por carretera que tengan sesenta y tres años o más puedan solicitar estas ayudas, que se conceden en régimen de concurrencia competitiva.

Así mismo, Fomento dispondrá de medio año para resolver y publicar el resultado del reparto de estas subvenciones en las que se tendrá en cuenta, en primer lugar, la declaración de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista y, después, la mayor edad de los transportistas.

miércoles, 3 de julio de 2013

Fomento subvenciona a 365 transportistas autónomos para que abandonen su actividad

El Ministerio de Fomento otorga ayudas de entre 30.000 y 35.300 euros a 365 transportistas autónomos para que abandonen la actividad en 2013, hasta alcanzar una suma global de 11.347.500 euros, según refleja Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 3 de junio.

Esta subvención se compone de una cuantía por renuncia a las autorizaciones de transporte de cada beneficiario y otra por los períodos semestrales que le falten al solicitante para cumplir 65 años, computados a partir del 1 de junio de 2013.

Fomento había fijado para esta partida una cuantía máxima de 11.350.000 euros.

lunes, 25 de febrero de 2013

El nuevo Real Decreto que regula los tiempos de trabajo de los transportistas autónomos ya está en vigor

El Real Decreto que ordena el tiempo de trabajo para los trabajadores autónomos que realizan actividades móviles de transporte por carretera que aprobó el Consejo de Ministros el pasado viernes, 22 de febrero, y que se publicó oficialmente en el Boletín Oficial del Estado del sábado, 23 de febrero, entró en vigor ayer, domingo.

Esta norma traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2002/15/CE, del Parlamento y del Consejo de 11 de marzo de 2002, sobre la ordenación del tiempo de trabajo de las personas que realizan actividades móviles de transporte por carretera, en relación con los conductores autónomos.

El Real Decreto es de aplicación a todos los transportistas autónomos, incluyendo los económicamente dependientes, que utilicen vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA.

El texto legal define el tiempo de trabajo como "todo período de tiempo comprendido entre el inicio y el final del trabajo en que el conductor autónomo se encuentre en su lugar de trabajo a disposición del cliente y ejerciendo sus funciones y actividades", sin que cuenten como tal "las pausas, el tiempo de descanso, el tiempo de disponibilidad y las labores generales de tipo administrativo que no estén directamente vinculadas a una operación de transporte específica en marcha."

A este respecto, el Real Decreto concreta que tendrán la consideración de tiempo de disponibilidad las cuatro primeras horas de espera de cada período de carga o descarga (en este caso, la quinta hora y las siguientes también tendrán dicha consideración cuando se conozca de antemano su situación), los períodos durante los cuales el transportista autónomos acompañe a un vehículo transportado en transbordador o en tren, los períodos de espera en las fronteras o los causados por las prohibiciones para circular y los períodos de tiempo en los que el trabajador móvil, que conduce en equipo, permanezca sentado o acostado en una litera, durante la circulación del vehículo. En este sentido, los autónomos económicamente dependientes deberá conocer de antemano estos períodos y su previsible duración, antes de la salida o justo antes del inicio efectivo del período de que se trate.

De igual modo, establece que la duración media del tiempo de trabajo semanal de los transportistas autónomos no debe sobrepasar las 48 horas, aunque podrá prolongarse hasta las 60 horas siempre que la duración media del mismo no supere las 48 a la semana en un período de cuatro meses naturales. Así mismo, el trabajo nocturno no podrá exceder de las diez horas en una jornada por cada período de 24 horas consecutivas.

En cuanto a las pausas, el Real Decreto fija un mínimo de 30 minutos de descanso para un tiempo de trabajo diario de entre seis y nueve horas, y otro mínimo de 45 minutos para un tiempo de trabajo de más de nueve horas en total, con un tiempo máximo seguido de trabajo de seis horas. Dichas pausas podrán fraccionarse en períodos de una duración de 15 minutos como mínimo. Los tiempos de descanso diario y semanal de los transportistas autónomos se seguirán rigiendo por las normas recogidas en el Reglamento 561/2006.

La norma determina que los transportistas autónomos están obligados a registrar diariamente su tiempo de trabajo y a conservar dichos registros al menos durante dos años. A este respecto, el Real Decreto concreta que los contratos suscritos con transportistas autónomos económicamente dependientes deberán contemplar expresamente el tiempo de trabajo en el que el trabajador autónomo realice su actividad.

El pasado 21 de febrero, la Comisión Europea decidió llevar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a Austria, Finlandia y Polonia por no regular a nivel nacional, precisamente, los tiempos de trabajo de los transportistas autónomos

lunes, 4 de febrero de 2013

Fomento dota con 11,3 millones las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad

Los transportistas autónomos por carretera que decidan abandonar la actividad podrán solicitar a partir de mañana, 5 de febrero, las ayudas que Fomento concede para este fin, tal y como se recoge en la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda publicada al efecto en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 4 de febrero.

El Ministerio de Fomento ha fijado en 11.350.000 euros la cuantía máxima destinada a estas subvenciones, dando preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista.

En 2012, esta partida contaba con una dotación de 20,5 millones de euros.

miércoles, 2 de enero de 2013

Fomento cambia la regulación de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad

El Ministerio de Fomento ha modificado las bases reguladoras de la concesión de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, mediante Orden Ministerial que publica el Boletín Oficial del Estado de ayer, 1 de enero.

Fomento estima que en los últimos años, al modificarse las cantidades destinadas a estos fines, únicamente están obteniendo estas subvenciones transportistas mayores de 63 años, por lo que con esta nueva norma se determina que  la edad mínima de los beneficiarios será fijada en cada convocatoria, sin que, en ningún caso, pueda ser inferior a cincuenta y ocho años.

martes, 16 de octubre de 2012

13,5 millones en subvenciones para el abandono de transportistas autónomos en 2012

El Boletín Oficial del Estado de ayer, 15 de octubre, publicó la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se otorga un total de 13.498.600 euros en ayudas a 439 transportistas autónomos por carretera, como compensación por su abandono de la actividad durante este ejercicio.

Estas subvenciones se componen, por un lado, de una cuantía por los periodos semestrales que le falten al solicitante para cumplir 65 años, computados a partir del 1 de junio de 2012, y, por otro lado, de otra cantidad por la renuncia a las autorizaciones de transporte en cada caso.

Los expedientes oscilan entre los 30.000 y los 35.300 euros. La cuantía máxima para estas ayudas quedó fijada en los últimos Presupuestos Generales del Estado en 13,5 millones de euros.

lunes, 25 de junio de 2012

El Gobierno fija el límite de módulos para el transporte en los 300.000 euros al año

El Consejo de Ministros del pasado viernes, 22 de abril, acordó remitir al trámite parlamentario el proyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria, y de adecuación de la normativa financiera para su adaptación a la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

El proyecto de ley prevé, para el sector del transporte de mercancías por carretera y las mudanzas, la exclusión del régimen de estimación objetiva o de módulos para aquellos autónomos que declaren ingresos superiores a 300.000 euros al año, con lo que el sector se equipara, en este sentido, a las actividades agrícolas o ganaderas.

Este nuevo límite se ha introducido durante el trámite de información pública del proyecto de ley para el que el Ejecutivo ha solicitado el trámite de urgencia en las Cortes Generales, con lo que podría estar listo para su entrada en vigor a primeros de 2013.

martes, 24 de abril de 2012

Fomento subvenciona el abandono de la actividad de los transportistas autónomos con 20,5 millones

El Ministerio de Fomento ha abierto la convocatoria de ayudas para transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, con una cuantía máxima de 20,5 millones de euros, según aparece en la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda que publica el Boletín Oficial del Estado de hoy, 24 de abril.

A partir de mañana se abre un plazo de un mes para presentar las solicitudes para poder beneficiarse de estas subvenciones, que se otorgan en régimen de concurrencia competitiva. Fomento se concede seis meses para resolver y comunicar el otorgamiento de estas ayudas, a contar desde hoy mismo. 

lunes, 18 de julio de 2011

Fomento concede ayudas a transportistas autónomos para que abandonen la actividad

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 18 de julio, publica la relación de transportistas autónomos que han obtenido ayudas para el abandono de la actividad, otorgadas por el Ministerio de Fomento.

Son 859 expedientes en total que se beneficiarán un total de 41.897.900 euros en subvenciones. Cada perceptor dispone de plazo hasta el 31 de agosto para presentar la documentación necesaria para cobrar la subvención.