El Boletín Oficial del Estado del pasado sábado, 21 de diciembre, publica oficialmente la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público que, en su Disposición final segunda, modifica la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante en lo tocante a los coeficientes correctores que se aplican a las cuantías básicas de las tasas portuarias, así como en la actualización de sus bases imponibles.
Así mismo, el texto legal también indica que a las concesiones y autorizaciones otorgadas con anterioridad a la entrada
en vigor de esta Ley se les aplicarán las modificaciones establecidas para las cuantías de las tasas de ocupación y
de actividad, pero no en las
bonificaciones a la cuota de la tasa de ocupación introducidas en este nueva Ley Orgánica que entra en vigor, para este caso concreto de las tasas portuarias, el 1 de enero de 2014.
No hay comentarios:
Publicar un comentario