jueves, 27 de febrero de 2014

Publicado oficialmente el Real Decreto que regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en España

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 27 de febrero, publica oficialmente el Real Decreto que regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en nuestro país y que fue aprobado por el Consejo de Ministros celebrado el pasado 14 de febrero.

En concreto, dicha disposición regula, entre otros aspectos, las normas de operación en estos tipos de transporte, y, concretamente las relativas a los miembros de la tripulación, las normas de circulación y los permisos excepcionales y especiales, las normas técnicas sobre vehículos de transporte, envases y embalajes, grandes recipientes para granel, grandes embalajes y contenedores a granel para el transporte de pulverulentos, las normas de actuación en caso de avería o accidente en todo lo que tiene que ver con su actuación, comunicación e informes a elaborar, la labor de los consejeros de seguridad, específicamente en lo que tiene que ver con los requisitos para el ejercicio de dicho trabajo, sus obligaciones, las de las empresas y los informes de accidentes, y, finalmente, las operaciones de carga y descarga en estos transportes, sobre todo en lo relativo a responsabilidades, documentación, instalaciones para la descarga, limpieza de las cisternas y control final.

Particularmente, el Real Decreto también establece la prohibición de la carga y el transporte de mercancías peligrosas, excepto las consideradas como alimenticias, en cisternas que hayan contenido productos alimenticios, alimentos o alimentos para animales, así como la carga y el transporte de productos alimenticios, alimentos o alimentos para animales, excepto los consideradas como peligrosas, en cisternas destinadas al transporte de mercancías peligrosas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario