lunes, 27 de julio de 2015

El Real Decreto que regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria ya está en vigor

El Boletín Oficial del Estado del pasado sábado, 25 de julio, publicó oficialmente el Real Decreto que regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, después que el Consejo de Ministros del pasado viernes, 24 de julio, lo aprobara.

Según el Gobierno, el Fondo contará con una dotación plurianual de 350 millones para el período 2016-2019,  será administrado por el Comité de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario en el que participarán todos los presidentes de los puertos y que se nutrirá de las aportaciones, voluntarias y obligatorias, de las Autoridades Portuarias, en forma de préstamo, que corresponderán a un porcentaje que no podrá superar el cincuenta por ciento de los beneficios de cada ejercicio y que serán obligatorias y voluntarias.

La norma tiene la finalidad de ser "un instrumento para acelerar la construcción de accesos terrestres a los puertos, al considerarse la adecuada conectividad de los mismos como un factor estratégico para la economía española y su capacidad exportadora, así como un elemento fundamental para potenciar su papel como plataforma logística al servicio del transporte marítimo internacional, habida cuenta de su posición geoestratégica."

El Comité de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario valorará y ordenará las operaciones propuestas empleando criterios que deberán establecerse con el voto favorable de Puertos del Estado, entre los que se encuentran las líneas orientativas anuales de actuación del Fondo decididas por el Comité de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario, el interés del proyecto para el conjunto del sistema portuario español, el coste del proyecto, incluido el coste de oportunidad de financiar o no el proyecto, considerando la existencia de otros proyectos alternativos o fuentes alternativas de financiación, así como el análisis coste-beneficio, la posible financiación de fondos europeos o cofinanciación privada, el impacto del proyecto en la competitividad de la economía española y cualquier otro elemento relevante que se considere de interés para la valoración y aprobación de las propuestas.

Finalmente, el Real Decreto, que ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, determina que el régimen de aportaciones al Fondo y su aplicación será efectivo una vez aprobado el primer presupuesto del Fondo.

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