lunes, 27 de febrero de 2017

Publicado el Real Decreto que establece los requisitos técnicos y las normas de actuación de los centros técnicos de tacógrafos

El Boletín Oficial del Estado del sábado, 25 de febrero, publicó oficialmente el Real Decreto que establece los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos, tras su aprobación por el Consejo de Ministros del pasado viernes, 24 de febrero, y que entrará en vigor en un plazo de tres meses.

La norma se centra en establecer procedimientos nacionales que garanticen el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos por el Reglamento europeo 165/2014 relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, así como la definición de los mecanismos por los que se autorizará, controlará y certificará a los instaladores, talleres y fabricantes de vehículos que puedan efectuar instalaciones, inspecciones y reparaciones de tacógrafos, con el fin de intensificar el control y supervisión sobre los talleres, simplificar los trámites administrativos que deben satisfacer los centros técnicos y unificar en un único cuerpo la normativa existente en esta materia hasta la fecha.

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