La Comisión Nacional de la Competencia hizo público el pasado viernes, 4 de enero, su informe sobre el Proyecto de Real Decreto sobre distribución de medicamentos de uso humano.
Competencia estima en dicho documento que la consideración de “función prioritaria y esencial” de la actividad de distribución de medicamentos podría, en una interpretación extensiva, "suponer un condicionamiento negativo en relación a libre toma de decisiones de los distribuidores sobre su política comercial y su libertad de empresa, generando adicionalmente inseguridad jurídica".
Así mismo, el órgano de vigilancia de la competencia también se pronuncia sobre los requisitos que debe reunir el director técnico farmacéutico de las entidades de distribución de medicamentos.
En este sentido, Competencia considera, en cuanto a la obligación para estos profesionales de estar en posesión de un título universitario de grado en farmacia o ser licenciado en farmacia, que no debería restringirse "desproporcionadamente la titulación del director técnico de laboratorios farmacéuticos, y que esta posibilidad se abra a otras titulaciones que, por razón de la formación que impliquen, permitan desempeñar esta actividad (por ejemplo medicina, veterinaria, química, química y tecnología farmacéuticas y biología)" y solicita que se suprima el requisito de poseer una adecuada formación y experiencia en las buenas prácticas de distribución para poder trabajar como director técnico farmacéutico de las entidades de distribución de medicamentos, y que, por lo tanto, sean los titulares de los almacenes de distribución los que valoren la formación y experiencia.
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